El 1 de agosto quedó publicada la convocatoria de Subvenciones para Sociedas Cooperativas en Aragón, una gran oportunidad para las Comunidades Energéticas del territorio
A continuación desgranamos los detalles de la convocatoria. Ya sabes que si en tu municipio estais impulsando un proyecto de Comunidad Energética, desde Participa Energía te ofrecemos asesoramiento y acompañamiento gratuito ¡No pierdas la oportunidad!
Objetivos y Finalidad:
La convocatoria busca promover una economía inclusiva y centrada en las personas, consolidando el papel de las cooperativas en el desarrollo económico y social de Aragón. Se pretende:
- Fomentar la Economía Social: Promover el modelo cooperativo como motor de desarrollo económico.
- Apoyar el Emprendimiento: Facilitar la creación y consolidación de nuevas cooperativas.
- Incentivar la Modernización: Impulsar la digitalización y modernización tecnológica de las cooperativas.
- Promover la Formación: Mejorar la capacitación y habilidades de los socios cooperativistas.
- Fortalecer el Tejido Productivo Local: Contribuir al desarrollo económico y social de las áreas rurales y en riesgo de despoblación en Aragón.
Criterio de Concesión
La concesión de ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva simplificada. La prioridad se basará en la fecha de presentación de las solicitudes hasta agotar el presupuesto disponible.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las cooperativas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Constitución: Deben estar constituidas conforme a la Ley de Cooperativas de Aragón.
- Tipos Excluidos: No podrán ser beneficiarias las cooperativas agrarias, de explotación comunitaria de la tierra, de crédito, de seguros, de viviendas, relacionadas con el transporte de pasajeros, actividades deportivas y trabajo asociado.
- Registro: Deben estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón.
- Reciente Constitución: Se considerarán aquellas cooperativas inscritas después del 1 de enero de 2019.
- Ubicación: Deben tener su centro de trabajo en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Plazos
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará a partir del 9 de agosto de 2024, y se extenderá hasta el 31 de octubre de 2024.
La resolución se presentará en el plazo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
Actividades Subvencionables:
- Constitución de Nuevas Cooperativas:
- Asistencia Técnica:
- Puesta en Marcha: Servicios de apoyo técnico para ayudar a las cooperativas en sus fases iniciales, asegurando una implementación exitosa.
- Gestión y Organización: Consultoría en áreas de gestión empresarial, planificación estratégica y organización interna.
- Digitalización y Modernización Tecnológica:
- Plataformas Digitales: Desarrollo e implementación de plataformas tecnológicas para mejorar la gestión y operación de las cooperativas.
- Automatización de Procesos: Introducción de tecnologías que permitan la automatización de procesos operativos y administrativos.
- Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC): Inversión en hardware y software que faciliten la digitalización de la cooperativa.
- Formación:
- Capacitación de Socios: Programas de formación dirigidos a los socios de las cooperativas para mejorar sus habilidades y conocimientos en gestión cooperativa.
- Desarrollo de Actividades: Cursos y talleres relacionados con el desarrollo de actividades económicas dentro del ámbito cooperativo.
- Inversiones en Activos Fijos:
- Nuevas Tecnologías: Adquisición de tecnologías innovadoras que contribuyan a la mejora de la eficiencia y productividad de la cooperativa.
- Equipamiento y Maquinaria: Compra de equipos y maquinaria necesarios para la realización del objeto social de la cooperativa.
Intensidad de la ayuda
Cuando las entidades solicitantes tengan el centro de trabajo en que se desarrolle la actuación subvencionada en municipios con población:
- Inferior a 75.000 habitantes e igual o superior a 20.000 habitantes – gastos corrientes: 80% / inversión: 75%.
- Inferior a 20.000 habitantes e igual o superior a 1.000 habitantes – gastos corrientes: 90% / inversión: 85%.
- Inferior a 1.000 habitantes – gastos corrientes: 100% / inversión:95%
El porcentaje de intensidad se incrementa hasta el 100% de los gastos co rrientes y hasta el 90% de los gastos de inversión en los siguientes supuestos:
- Mayoritariamente integradas por personas incluidas en colectivos prioritarios ( personas desempleadas, menores de 25 años y mayores de 45 y mujeres trabajadoras.
Ninguna entidad beneficiaria podrá obtener ayudas con cargo a esta convocatoria por un importe que, en conjunto, supere los 50.000 euros.
Obligaciones de las entidades beneficiarias
- Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable específico e identificable en relación con todas las facturas y pagos subvencionados relacionados con la operación.
- Toda referencia publicitaria deberá hacer referencia expresa al hecho de que han sido cofinanciados por el Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón.
- Se hará constar en la página web de la entidad beneficiaria.
- En los bienes inventariables adquiridos para el desarrollo de la actividad se colocará un distintivo con el logo del Gobierno de Aragón.
Normativa Aplicable: La convocatoria se rige por varias normativas que aseguran la correcta implementación y ejecución de las subvenciones:
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo: Ley de Subvenciones de Aragón.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre: General de Subvenciones y su Reglamento.
- Ley de Cooperativas de Aragón: Normativa específica para las cooperativas en Aragón.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre: Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/2022, de 1 de diciembre: De Economía Social de Aragón.
- ORDEN PEJ/853/2024, de 17 de julio: Bases de la Subvención