Del Real Decreto 7/2025 al nuevo impulso del autoconsumo: ¿Qué cambios introduce esta nueva propuesta?
Hace unos meses, el Real Decreto-ley 7/2025 trató de actualizar las reglas del autoconsumo y el almacenamiento distribuido en España. Sin embargo, su paso por el Congreso terminó con un rechazo que detuvo su aplicación. Ahora, el Gobierno vuelve a intentarlo con un Proyecto de Real Decreto que recupera buena parte de aquellas medidas, introduciendo algunos ajustes para facilitar su aprobación definitiva.
La propuesta mantiene la esencia: impulsar el autoconsumo compartido, simplificar trámites y reconocer el papel del almacenamiento distribuido. En la práctica, supone una actualización del marco del Real Decreto 244/2019, adaptada a la realidad de la evolución del autoconsumo y la implantación de energía renovable.
1. Un marco más abierto para compartir energía
A partir de su entrada en vigor, una instalación de autoconsumo fotovoltaico de hasta 5MW podrá considerarse “próxima” a un consumidor si se encuentra hasta 5km de distancia, siempre y cuando se instale sobre tejado, suelo industrial o estructuras artificiales existentes.
Desde Participa Energía insistimos en que esta medida es insuficiente para el impulso de las comunidades energéticas locales, que multiplicarían sus posibilidades y oportunidades si se permitiera esta distancia en instalaciones en suelo rústico. Creemos que la norma podría limitarse a poblaciones pequeñas de menos de 500 habitantes, lo que limitaría el interés comercial de macroproyectos y pondría el foco en la realidad de nuestro territorio aragonés.
Además, se flexibilizan las condiciones de titularidad: ya no será necesario que el titular de la instalación coincida con el del punto de consumo en la modalidad sin excedentes.
Este cambio puede ayudar a las comunidades energéticas locales, que suelen agrupar vecinos, ayuntamientos y pequeñas empresas bajo distintas fórmulas de propiedad.
También se permite que una persona participe simultáneamente en dos modalidades: una instalación individual y otra colectiva conectada a través de la red.
Esta combinación resulta una posible solución para quienes disponen de paneles en su vivienda y, además, desean participar en el proyecto colectivo de energía con su comunidad.
2. Nace la modalidad de “excedentes compartidos”
Entre las novedades más destacadas está la creación de la modalidad con excedentes compartidos junto con los conceptos «energía horaria excedentaria compartida» y «consumidor principal». En ella, un consumidor principal, de un autoconsumo colectivo puede repartir la energía sobrante con otros asociados según un acuerdo firmado entre las partes.
Esto permite que la energía generada se redistribuya entre los consumidores, optimizando la producción y multiplicando las oportunidades para alcanzar una eficiencia energética plena. Además permite:
- Que aun participando en un mismo autoconsumo colectivo, se exime al consumidor principal de la obligación de modificar simultáneamente la modalidad, ya que siempre se podrá mantener como consumidor principal al margen de los cambios de modalidad del resto.
- Compatibilizar la modalidad sin excedentes en red interior a un consumidor asociado con una modalidad con excedentes a través de red.
3. Trámites más sencillos y una nueva figura: el Gestor de autoconsumo
El texto introduce la figura del Gestor de autoconsumo, que puede ser una persona o entidad encargada de representar a los miembros de una instalación colectiva.
Su función será centralizar los trámites con las distribuidoras y simplificar las gestiones administrativas.
La simplificación de trámites permitirá que el alta de un autoconsumo colectivo también se agilice: bastará con que el gestor o uno de los participantes envíe el acuerdo de reparto para iniciar el proceso.
Los cambios posteriores (como la entrada o salida de socios) solo requerirán la firma de las personas afectadas, y la permanencia mínima en una modalidad se reduce a un mes.
En la práctica, esperamos que esta medida se traduzca en menos burocracia y más dinamismo para impulsar proyectos de autoconsumo compartido, como las comunidades energéticas.
4. Más claridad en la medición
La propuesta mejora la transparencia y la información al consumidor.
Se regula la instalación del equipo de medida de generación neta, que podrá ser de propiedad privada o alquilarse a la distribuidora, que podrá permitir plazos de instalación más rápidos.
Además, tanto los consumidores como los gestores podrán acceder a los datos de generación y consumo en tiempo real mediante las plataformas digitales ya existentes. Lo que facilita la monitorización y la toma de decisiones sobre la energía compartida.
5. Almacenamiento distribuido: una pieza que se integra en el sistema
Por primera vez, el Real Decreto reconoce el almacenamiento distribuido como parte del autoconsumo. Las instalaciones de baterías vinculadas a puntos de consumo se regulan de forma específica y se equiparan, en términos legales, a las instalaciones de generación.
La energía neta del sistema se calcula como la diferencia entre la energía entregada y la consumida. Además, se prevé la exención de peajes y cargos para la energía almacenada y posteriormente devuelta a la red, lo que favorece la integración del almacenamiento como herramienta de flexibilidad energética.
Este cambio permitirá que las comunidades energéticas y los hogares con baterías optimicen su uso de energía solar, permitiendo planificar sus horas de consumo y devolución de energía excedentaria en términos económicos y de eficiencia energética del sistema.
6. Coordinación institucional y observación del autoconsumo
Las comunidades autónomas comunicarán los códigos de inscripción de las instalaciones de autoconsumo y de producción, garantizando coherencia y evitando duplicidades.
También se crea la base para un panel representativo de autoconsumidores, gestionado por el operador del sistema eléctrico. Su objetivo será analizar el comportamiento de las instalaciones de autoconsumo y disponer de datos reales que ayuden a planificar la red en escenarios de alta penetración de autoconsumo.
En resumen: más autoconsumo, más energía compartida pero poca comunidad energética
Este nuevo Proyecto de Real Decreto retoma el espíritu del RDL 7/2025, pero con una estructura más afinada y una aplicación más práctica.
Aunque elimina alguna barrera técnica y administrativa echamos de menos la figura de las comunidades energéticas referenciadas directamente y sobre todo la presencia de una legislación específica que las regule. Clamamos por el establecimiento de un marco normativo claro que trate de impulsar su implantación por todo el territorio nacional y que delimite el perfil específico de este tipo de proyectos a aquellos que cumplan con las características de democratización, comunitarias y de impulso social que representan.
No obstante, nos alegra que la legislación sobre el autoconsumo tenga un lugar en la agenda política conforme van evolucionando las necesidades de los prosumidores. Aunque pensamos que debería ser más ambiciosa, estamos de acuerdo en hacerlo paso a paso. Por lo que esperamos que esta vez, esta propuesta pueda de una vez por todas ver la luz.
